La inquisición española y los libros escritos en árabe

La Inquisición y los libros de los moriscos 
MERCEDES GARCÍA-ARENAL




 Desde que las Cortes Valencianas prohibieron el uso de la lengua árabe hablada y escrita en 1564, y Felipe II hizo lo mismo en virtud de un decreto de 1567 para los territorios de la Corona de Castilla, la Inquisición se lanzó a la busca y captura de toda huella de lengua árabe, escrita o hablada, indefectiblemente identificada con la práctica del islam. De hecho, los archivos de la Inquisición contienen información detalladísima acerca de la lengua y del escrito en árabe en los procesos, en las relaciones de causa, en los informes de las visitas y confiscaciones, en la documentación producida por los diversos intérpretes de árabe que tuvo la Inquisición, algunos tan famosos y reputados como Jerónimo Mur de Valencia o Alonso del Castillo de Granada, las dos regiones moriscas donde el uso del árabe se mantuvo generalizado hasta la Expulsión de 1609.

 Los libros se encontraban por delaciones contra quienes los poseían, por embargos, por registros domiciliarios hechos precisamente con tal fin o de manera casual en busca de otras cosas prohibidas a los moriscos, como tenencia de armas. La Inquisición discutió dentro de su propia institución qué estatus concederle a los libros árabes que confiscaba continuamente. Por ejemplo, en un informe expedido acerca de «Sobre casos de delitos de nuevos convertidos que tienen libros heréticos», conservado en latín en el Archivo Histórico Nacional, distingue entre escritos no religiosos y aquellos que son coranes, nóminas o libros que tienen que ver con la práctica de la «secta». Se discute en este documento una compleja casuística en la que se afirma que la simple posesión no es herejía sino sospecha de herejía y se discuten las penas que se han de aplicar (abjurar de levi o de vehementi) según se demuestre o no que pertenecen al acusado, o que los tiene en depósito o no sabía que estaban escondidos en la casa en la que vive.

Pero, en la práctica, la posesión de un escrito en alfabeto árabe o el simple uso de la lengua hablada se convirtió en el equivalente de una condena por herejía. La identificación de la lengua con la religión fue inquebrantable y no conoció excepciones. Prueba del ahínco con que la Inquisición buscaba y confiscaba escritos árabes se encuentra en la documentación de todos los tribunales del Santo Oficio que, como se sabe, no se conserva por igual. Por ejemplo, sólo tenemos procesos completos de Zaragoza, Toledo, Cuenca y Valencia (y no todos los que se incoaron), mientras que de Granada o de Llerena tan sólo se conservan «relaciones de causa». Es, por lo tanto, imposible conseguir una visión completa y comprensiva. Del material con el que contamos se deduce un panorama a vista de pájaro que es el siguiente: la posesión de libros escritos en árabe es en Valencia la acusación más frecuente que lleva a los moriscos ante la Inquisición.


Fuente:http://www.bne.es/es/Micrositios/Exposiciones/MemoriaMoriscos/documentos/estudios_3.pdf




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