La inquisición española y los libros escritos en árabe
La Inquisición y
los libros de los moriscos
MERCEDES GARCÍA-ARENAL
MERCEDES GARCÍA-ARENAL
Desde que las Cortes Valencianas prohibieron el uso de la lengua árabe hablada
y escrita en 1564, y Felipe II hizo lo mismo en virtud de un decreto de 1567 para los
territorios de la Corona de Castilla, la Inquisición se lanzó a la busca y captura de toda
huella de lengua árabe, escrita o hablada, indefectiblemente identificada con la práctica
del islam. De hecho, los archivos de la Inquisición contienen información detalladísima
acerca de la lengua y del escrito en árabe en los procesos, en las relaciones de causa,
en los informes de las visitas y confiscaciones, en la documentación producida por los
diversos intérpretes de árabe que tuvo la Inquisición, algunos tan famosos y reputados
como Jerónimo Mur de Valencia o Alonso del Castillo de Granada, las dos regiones
moriscas donde el uso del árabe se mantuvo generalizado hasta la Expulsión de 1609.
Los libros se encontraban por delaciones contra quienes los poseían, por embargos,
por registros domiciliarios hechos precisamente con tal fin o de manera casual en busca
de otras cosas prohibidas a los moriscos, como tenencia de armas. La Inquisición discutió
dentro de su propia institución qué estatus concederle a los libros árabes que
confiscaba continuamente. Por ejemplo, en un informe expedido acerca de «Sobre casos
de delitos de nuevos convertidos que tienen libros heréticos», conservado en latín en
el Archivo Histórico Nacional, distingue entre escritos no religiosos y aquellos que
son coranes, nóminas o libros que tienen que ver con la práctica de la «secta». Se discute
en este documento una compleja casuística en la que se afirma que la simple posesión
no es herejía sino sospecha de herejía y se discuten las penas que se han de aplicar
(abjurar de levi o de vehementi) según se demuestre o no que pertenecen al acusado, o
que los tiene en depósito o no sabía que estaban escondidos en la casa en la que vive.
Pero, en la práctica, la posesión de un escrito en alfabeto árabe o el simple uso de la lengua
hablada se convirtió en el equivalente de una condena por herejía. La identificación
de la lengua con la religión fue inquebrantable y no conoció excepciones.
Prueba del ahínco con que la Inquisición buscaba y confiscaba escritos árabes se
encuentra en la documentación de todos los tribunales del Santo Oficio que, como se
sabe, no se conserva por igual. Por ejemplo, sólo tenemos procesos completos de Zaragoza,
Toledo, Cuenca y Valencia (y no todos los que se incoaron), mientras que de
Granada o de Llerena tan sólo se conservan «relaciones de causa». Es, por lo tanto,
imposible conseguir una visión completa y comprensiva. Del material con el que contamos
se deduce un panorama a vista de pájaro que es el siguiente: la posesión de libros
escritos en árabe es en Valencia la acusación más frecuente que lleva a los moriscos ante
la Inquisición.
Fuente:http://www.bne.es/es/Micrositios/Exposiciones/MemoriaMoriscos/documentos/estudios_3.pdf
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